Rescate por aportaciones de 10 años (2015 y anteriores)
Actualizado el 23 de agosto de 2025 · Información general, no asesoramiento fiscal.
Qué aportaciones entran
Desde el 1 de enero de 2025 puedes rescatar de manera excepcional las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2014 siempre que hayan transcurrido al menos diez años desde su ingreso. Esta ventana de liquidez se aplica a planes individuales, asociados o de empleo y no requiere estar jubilado ni cumplir otros supuestos de contingencia.
La norma permite recuperar la parte proporcional del plan correspondiente a esas aportaciones antiguas, aunque algunas entidades facilitan el rescate sobre el saldo total hasta un límite. Revisa las condiciones de tu contrato y consulta a la gestora si existen restricciones específicas.
Si tu plan acumula aportaciones posteriores a 2015, estas deberán permanecer invertidas hasta que cumplas otro supuesto de liquidez o alcancen la antigüedad exigida en el futuro. Conviene llevar un registro de las fechas para evitar confusiones.
Cómo acreditar antigüedad
La entidad solicitará pruebas documentales de que las aportaciones se realizaron en las fechas declaradas. El método más habitual es presentar el certificado histórico del plan, donde figuran todas las entradas con su fecha y cuantía. Puedes descargarlo desde la banca en línea o pedirlo al departamento de atención al cliente.
Si no dispones de ese certificado, sirven extractos bancarios o justificantes de transferencia que reflejen el origen de los fondos. En algunos casos, especialmente si el plan ha cambiado de entidad por traspasos, puede requerirse una certificación adicional de la gestora anterior. Conserva copias de todo, ya que la administración tributaria puede solicitarlas posteriormente.
Para evitar retrasos, revisa que el nombre y el número de plan coincidan en cada documento. Un error en los datos personales puede obligar a repetir el trámite. Si detectas discrepancias, pide a la entidad que las corrija antes de presentar la solicitud de rescate.
Proceso con tu entidad
Una vez reunida la documentación, contacta con tu entidad gestora para iniciar el proceso. La mayoría dispone de formularios específicos para esta ventana de liquidez, ya sea en sus oficinas o a través de la banca digital. Indica claramente que el rescate corresponde a aportaciones con más de diez años y adjunta los certificados de antigüedad.
El pago suele efectuarse en un plazo breve, aunque la ley concede hasta un mes desde la solicitud. Durante ese tiempo la entidad puede pedir aclaraciones o documentación adicional. Es recomendable realizar un seguimiento del expediente para responder a tiempo y evitar que la operación se demore.
Tras recibir el abono, revisa el certificado fiscal que emitirá la gestora. Este documento será necesario para la declaración del IRPF del año en curso. Si planeas combinar este rescate con otros supuestos, como una jubilación próxima, evalúa los plazos con antelación para no solapar contingencias.
Relación con fiscalidad
Aunque la ventana de diez años permite acceder al dinero, el rescate tributa como rendimiento del trabajo. No existe un trato fiscal diferenciado por la antigüedad, salvo que las aportaciones fueran anteriores a 2007 y cumplan los requisitos de la reducción del 40%. En tal caso, deberás aplicar dicha reducción en la declaración correspondiente.
Antes de retirar el dinero, analiza cómo afectará a tu base imponible y si te conviene escalonar el cobro. La sección de fiscalidad explica con detalle las implicaciones y te ayudará a decidir la modalidad de rescate más adecuada.
Para estimar el impacto, puedes utilizar la calculadora de rescate, que permite simular distintos escenarios y comparar el efecto de percibirlo en capital o en rentas.
Preguntas habituales
¿Puedo rescatar todo el plan? Depende de la entidad. Algunas permiten retirar hasta el total, mientras que otras limitan el importe al valor de las aportaciones antiguas. Confirma las condiciones antes de solicitarlo.
¿Existe un límite anual? La normativa no fija un máximo, pero la entidad puede establecerlo en sus condiciones internas. Además, rescatar grandes cantidades puede elevar tu factura fiscal del año.
¿Qué ocurre si sigo aportando al plan? Las nuevas aportaciones quedarán sujetas a los supuestos generales de liquidez. Podrás rescatarlas cuando alcancen diez años o se cumpla otra contingencia.